La preocupación por el uso excesivo de los arrendamientos de corta duración ha llevado al Gobierno a actuar. Así, se aprobó el Real Decreto 1312/2024, que prometía regular un Registro Único de Arrendamientos y establecer una Ventanilla Única Digital para estos casos. Pero, ¿qué significaba esto realmente para nosotros? En teoría, un proceso ordenado en el que quienes querían alquilar sus viviendas debían registrarse y obtener un número que les permitiera operar en plataformas online.
El Tribunal Supremo y su impacto
Poco tiempo después, la Generalitat Valenciana decidió impugnar esta regulación ante el Tribunal Supremo. La Sala Tercera se sumergió en el debate, evaluando si realmente había fundamentos suficientes para que el Estado estableciera tal normativa. Tras revisar los argumentos, llegó a la conclusión de que no había base legal suficiente para sostener ese Registro Único.
Lo curioso es que aunque anularon este registro estatal, no estamos ante un vacío normativo absoluto. Muchas comunidades autónomas ya contaban con sus propios registros turísticos, lo cual significa que la superposición propuesta simplemente quedará en el olvido. Lo bueno es que la Ventanilla Única Digital sigue vigente y puede ser una herramienta útil para coordinar datos entre plataformas y autoridades.
Ahora bien, queda claro que uno de los grandes retos será lograr una buena colaboración entre estos registros autonómicos y la ventanilla estatal sin perder de vista las exigencias europeas sobre transparencia. Al final del día, lo más frustrante es ver cómo el debate se centró más en aspectos legales complejos que en cómo facilitar realmente la actividad económica a todos los implicados. Hubiera sido refrescante escuchar al Tribunal exigir a las administraciones simplificar procesos y eliminar burocracias innecesarias.

