Economía

Un juzgado reconoce el derecho al complemento por maternidad a un jubilado por cese involuntario

Un juzgado de Madrid ha concedido el complemento por maternidad a un jubilado cuya jubilación anticipada fue considerada involuntaria. La resolución establece que el trabajador tiene derecho a este complemento por aportación demográfica, ya que su cese no fue voluntario, sino resultado de un despido objetivo en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

El caso del pensionista y su reclamación

El demandante había estado recibiendo desde marzo de 2016 una pensión de jubilación tras un despido objetivo ocurrido en diciembre de 2014. En junio de 2023, solicitó el reconocimiento de su derecho al complemento por maternidad, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su petición, alegando que su jubilación había sido anticipada y, por lo tanto, voluntaria.

Ante esta negativa, el jubilado decidió recurrir judicialmente. En su defensa, argumentó que su jubilación no fue una decisión personal, sino una consecuencia del despido objetivo que le fue impuesto por la empresa. El juzgado ha fallado a su favor, reconociendo el derecho al complemento por maternidad con efectos retroactivos desde la fecha de su jubilación anticipada y aumentando su pensión mensual en un 10%, de acuerdo con las revalorizaciones de las pensiones.

El año pasado, el INSS insistió en que la jubilación del pensionista fue voluntaria debido a que se trataba de una jubilación anticipada. Sin embargo, la clave del caso radicó en establecer que la finalización de su relación laboral fue involuntaria, producto de un despido objetivo en el contexto de un ERE. La prueba presentada y la doctrina del Tribunal Supremo fueron determinantes para este fallo.

La magistrada ha considerado que el cese laboral del demandante se ajusta a los criterios de la Corte, que indica que un despido puede ser involuntario incluso si el trabajador acepta las condiciones establecidas por la empresa. Este precedente refuerza la noción de que no todas las jubilaciones anticipadas son voluntarias y alerta a los trabajadores sobre la posibilidad de acceder a beneficios incluso ante salidas forzadas del mercado laboral.

Esta sentencia tiene un impacto positivo significativo para aquellos trabajadores que han sido despedidos y que, a pesar de aceptar las condiciones de su salida, pueden tener el derecho a obtener complementos que mejoren sus pensiones. En resumen, la decisión del juzgado subraya que las circunstancias que rodean una jubilación anticipada son clave para determinar el derecho a estos beneficios.

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