Palma

Nueva Ordenanza Cívica de Palma: Regulaciones sobre Patinetes, Grafitis y Conductas Turísticas

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado hoy la nueva ordenanza cívica de Palma, la cual establece regulaciones para diversas conductas en el espacio público. Esta normativa estará sujeta a un periodo de información pública de 30 días, donde tanto entidades como ciudadanos podrán presentar sus propuestas. El alcalde de Palma, Jaime Martínez, ha manifestado su apertura a modificaciones, afirmando que «no hay líneas rojas» en el proceso.

Principales Regulaciones de la Ordenanza

Un aspecto controversial de la ordenanza es la prohibición de residir en autocaravanas, con multas que pueden alcanzar los 1.500 euros. Sin embargo, el documento abarca un total de 125 artículos que regulan otros ámbitos importantes, tales como los patinetes, los grafitis, el uso del espacio urbano por turistas y el consumo de alcohol.

Para los usuarios de patinetes eléctricos, la normativa impone la obligatoriedad de usar casco y contar con un seguro de responsabilidad civil. La ausencia de estas medidas puede resultar en multas de hasta 600 euros por no estar asegurado y de 90 euros por no llevar casco. Asimismo, queda prohibido circular por aceras y parques, así como el transporte de más de una persona en el patinete, con la exigencia adicional de utilizar un chaleco reflector visible.

En cuanto a los grafitis, la nueva ley considera infracciones muy graves y establece sanciones de hasta 3.000 euros. Se prohíben las pintadas en cualquier entorno público, incluyendo elementos de transporte y mobiliario urbano. Si el infractor es menor de edad, la responsabilidad recae sobre sus padres, lo que ha generado críticas por parte de formaciones políticas como el PSOE, Més y Podemos, quienes consideran que algunas medidas son censuradoras.

La ordenanza también aborda conductas como el ‘balconing’ o el uso del parkour, sancionando estas prácticas peligrosas. En este sentido, el texto especifica que los responsables son quienes ejecutan o incitan estas actividades, aunque no se puede extender la responsabilidad a los propietarios de los locales en la mayoría de los casos.

Por otro lado, se requiere que los grupos turísticos se limiten a un máximo de 20 personas, evitando el uso de altavoces, y que los guías posean una acreditación oficial. Las infracciones pueden conllevar multas de hasta 750 euros. La ordenanza también regula comportamientos relacionados con el consumo de alcohol, con multas que oscilan entre los 750 y los 1.500 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.

Finalmente, la normativa establece límites sobre el uso de rótulos luminosos, prohibiendo situaciones que generen molestias. Además, se prohíben conductas como orinar o escupir en espacios públicos, con sanciones que van desde los 750 a los 1.500 euros. En el caso de juegos de azar en la vía pública, las multas pueden alcanzar cifras que van desde los 30.000 hasta 450.000 euros.

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